Este libro historico puede tener numerosos errores tipograficos y texto faltante. Los compradores pueden descargar una copia gratuita escaneada del libro original (sin errores tipograficos) desde la editorial. No indexado. No se muestra. 1869 edition. Extracto: ...que se nombre un hermano (Sala en sus notas a Vinnio, en la nota de derecho de Espana puesta a este titulo, 1, n. 9; Febrero reformado, P. 1, cap. 5, num. 393), y en su defecto un extrano. (Esto indica que aun en la sustitucion ejemplar se pretende que quede excluida la madre, pues no se le llama en el orden de los sustitutos; pero si se duda en la pupilar, no obstante el fundamento de la patria potestad, con mayor razon debe sostenerse que no cabe en la ejemplar, que carece de aquel fundamento. A esta opinion se inclina Alvarez, juzgando que debe observarse la ley 6 de Toro, y tenerse por derogada la 11, tit. 5, P. 6, y remitiendose a Gregorio Lopez sobre dicha ley y a Covar. de testam.) Se acaba esta sustitucion ejemplar por recobrar el fatuo el juicio, porque le nazca algun hijo, 6 porque la. revoque el que la hizo. La compendiosa es la que comprende diversas sustituciones, tiempos y casos; y por ella se adquiere la herencia por cualquier modo que haya. lugar; v. g.: Instituyo a mi hijo Fernando por mi heredero, y en cualquier tiempo que muera, le sustituyo a Fulano. En este caso, si el hijo no fuere heredero, tiene lugar la sustitucion vulgar; si era menor y murio antes de la pubertad, entra la pupilar; si era loco 6 fatuo, la ejemplar. Como esta sustitucion comprende a la pupilar, solo la puede hacer el padre. (L. 12, tit. 5, P..6.) La reciproca, que tambien llaman brevilocua, es cuando se nombran muchos herederos, y se sustituyen unos a otros; como v. g.: Instituyo y nombro por mis herederos a Pedro, a Juan y d Francisco, y los sustituyo ad invicem, para que unos entren en el...